Los legados solidarios permiten a las personas continuar ayudando una vez que ya no están, si incluyes a AFIBROM en tu testamento, seguirás apoyando a todas aquellas personas que sufren esta enfermedad, así como a sus familias y su calidad de vida.
Si se quiere favorecer a una ONG, además de nombrar heredero, es decir, de designar a la persona o personas que reciban la generalidad de los bienes y derechos, también se pueden dejar bienes o derechos determinados a una persona. Esta asignación es el legado y, por expresa voluntad del testador, puede hacerse de determinados bienes (una cantidad de dinero o de cualesquiera productos bancarios, un inmueble, un coche, joyas, …) o derechos (un porcentaje sobre el patrimonio hereditario, cobro de deudas, prestaciones…).
No obstante, si se quiere beneficiar a una ONG con un legado a su favor, debe ordenarse obligatoriamente en testamento. Esto significa que los legados (incluidos los llamados comúnmente “solidarios”) han de estar indicados de forma expresa en el testamento, no basta una manifestación verbal. Reflejamos en el testamento su denominación, domicilio y CIF, de esta manera no habrá lugar a dudas y nuestra voluntad se cumplirá.
Un legado (incluido el solidario) en ningún caso perjudicará la legítima de los herederos forzosos.
Si una persona lo desea, puede incluir en su testamento un legado solidario y extender su solidaridad con las instituciones o las causas que para él sean importantes, sin perjudicar la legítima de sus herederos. Aunque se ha extendido su designación como “legado” no necesariamente ha de ser un legado. Cuando el testador no tiene herederos forzosos y puede repartir su patrimonio con absoluta libertad, puede hacer una disposición benéfica usando la figura del heredero.
En relación con la tributación, no todas las ONGs tienen beneficios fiscales por lo que es aconsejable hablar con la organización que se haya elegido y preguntar al respecto. Asimismo, la notaría, conforme a lo dispuesto en el artículo 179 del Reglamento Notarial, tenemos la obligación de notificar a la ONG el legado solidario deferido a su favor tan pronto como se sepa la defunción del testador.
Fuente: notariosenred.com
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