¿Es la sensibilidad química múltiple una enfermedad profesional? La respuesta a esta pregunta es “depende”.
La Ley General de la Seguridad Social define la enfermedad profesional en los siguientes términos: “Se entenderá por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esté provocada por la acción de los elementos y sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
Para saber si la sensibilidad química múltiple es una enfermedad profesional, como con cualquier otra enfermedad, hay que considerar:
- El factor causante de la enfermedad con pruebas fehacientes de que la enfermedad se ha desarrollado por ese agente causal concreto. En el caso de la sensibilidad química múltiple es difícil atribuir su desarrollo a un agente concreto.
- La profesión.
- El historial médico de la persona afectada.
Por ello no se puede generalizar, sino que hay que estudiar cada caso concreto de forma individualizada. Es difícil concretar en pocas líneas un aspecto tan complejo, pero en general podemos decir que depende de si la sensibilidad química múltiple viene causada o no por una determinada actividad laboral y, además, si es fácil probarlo o si está incluida dicha contingencia en el listado de Enfermedades Profesionales, aunque en este listado no se describe las enfermedades, solo los agentes y elementos que las provocan.
Por otro lado, si la enfermedad no está incluida en el listado de enfermedades profesionales y está claro que se ha desencadenado por un agente concreto en el ámbito laboral, puede considerarse como “accidente de trabajo”, aunque no sea un accidente de trabajo propiamente dicho y el tratamiento por contingencias profesionales sería el mismo que para una enfermedad profesional.